¿Es posible considerar a la naturaleza como víctima del conflicto armado?
Viernes 21 de febrero 2020 - Ibagué
Columna escrita para El Nuevo Día
Área de desplazados. Consultorio Jurídico. Universidad de Ibagué.
Columna escrita para El Nuevo Día
Área de desplazados. Consultorio Jurídico. Universidad de Ibagué.
La naturaleza fue reconocida por la Jurisdicción Especial para la Paz JEP) como víctima del conflicto armado interno, específicamente en territorios indígenas y afros, como Turnaco, Barbacoas y Rlcaurte en el departamento de Nariño (Caso 002). Belkis Izquierdo, magistrada de la JEP y mujer del pueblo arhuaco, se pronunció frente a la sltuación territorial de estos pueblos protegidos, que representan apenas unos de los macrocasos que se adelantan en la Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad de la Jurisdicción especial para la Paz.
La magistrada consideró que la naturaleza hace perte de lo humano y que la concepción de los pueblos étnicos es que "el territorio es inseparable para las personas"; por lo tanto, todos los seres vivos diferentes al hombre, tienen Igual derechos a que se les proteja la vida. Los hechos que se perpetraron en estos territorios corresponden a desplazamiento forzado, violencia sexual, reclutamiento, voladuras de oleoductos entre otros, que presuntamente fueron perpetrados por miembros de las FARC y especialmente de la Fuerza Pública. Estas actuaciones desencadenaron la vulneración de derechos de comunidades Indígenas afrocolomblanas y campesinas, quienes de forma contundente reconocen su territorio y recursos naturales como fuente divina y sagrada.
Muchos pensaron que los hechos por sí solos no ocasionaron daños a las comunidades y particularmente al medio ambiente, pero olvidan que la ejecución de esas acciones conllevó a la contaminación de rios, pérdida total de cultivos, degradación en bosques y, consecuentemente pérdida de fauna y flora.
Estos actos sin duda alguna, merecen un reproche social y la implementación de medidas tendientes no solo a la protección, sino a la recuperación de zonas que fueron campos de batalla, completamente olvidados y sin dolientes. Que sea esto un paso adelante para la verdadera construcción de paz, forjada en la conciencia ambiental, en el respeto por las comunidades y sus territorios, fuente de vida y espiritualidad.
La magistrada consideró que la naturaleza hace perte de lo humano y que la concepción de los pueblos étnicos es que "el territorio es inseparable para las personas"; por lo tanto, todos los seres vivos diferentes al hombre, tienen Igual derechos a que se les proteja la vida. Los hechos que se perpetraron en estos territorios corresponden a desplazamiento forzado, violencia sexual, reclutamiento, voladuras de oleoductos entre otros, que presuntamente fueron perpetrados por miembros de las FARC y especialmente de la Fuerza Pública. Estas actuaciones desencadenaron la vulneración de derechos de comunidades Indígenas afrocolomblanas y campesinas, quienes de forma contundente reconocen su territorio y recursos naturales como fuente divina y sagrada.
Muchos pensaron que los hechos por sí solos no ocasionaron daños a las comunidades y particularmente al medio ambiente, pero olvidan que la ejecución de esas acciones conllevó a la contaminación de rios, pérdida total de cultivos, degradación en bosques y, consecuentemente pérdida de fauna y flora.
Estos actos sin duda alguna, merecen un reproche social y la implementación de medidas tendientes no solo a la protección, sino a la recuperación de zonas que fueron campos de batalla, completamente olvidados y sin dolientes. Que sea esto un paso adelante para la verdadera construcción de paz, forjada en la conciencia ambiental, en el respeto por las comunidades y sus territorios, fuente de vida y espiritualidad.