¿Los menores de edad nacidos en territorio colombiano tienen derecho a afiliarse a la seguridad social?
Miércoles 20 de noviembre 2019 - Ibagué
Columna escrita para El Nuevo Día
Consultorio Jurídico. Universidad de Ibagué.
Columna escrita para El Nuevo Día
Consultorio Jurídico. Universidad de Ibagué.
EI Ministerio de Salud y Protección Social, para salvaguardar el derecho a la salud de las personas que residen en Colombia y los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes, expidió la circular 23 del 2 de agosto de 2019 para proteger a los recién nacidos cuyos padres no cuentan con seguridad social en el país, bien sea porque no tienen las capacidades para pertenecer al régimen contributivo, o porque no han sido clasificados en el Sisbén (niveles I o 11).
La circular 23 del 2 de agosto de 2019 insta a las entidades territoriales (gobernaciones y alcaldías) y a las Entidades Promotoras de Salud y Prestadoras del Servicio a la Salud, para que trabajen mancomunadamente e inscriban a los menores de edad nacidos en territorio colombiano a una EPS del régimen subsidiado, cuando los padres no estén afiliados a ninguno de los dos regímenes, sin Importar su estatus migratorio.
La documentacf6n que deberán aportar para que se haga efectiva la lnscrlpcl6n en la EPS con régimen subsidiado es el registro civil de nacimiento o, en su defecto cuando no lo tenga, el certificado de nacido vivo. Además de ello, los padres del menor de edad deberán declarar ants alguna Institución Prestadora de Servicios (IPS) que no tienen las condiciones económicas para inscribirse en el régimen contributivo ni se les ha aplicado la encuesta Sisbén.
Con esta medida se busca proteger a los miles de menores de edad de padres extranjeros, en su mayoría de población migrante venezolana, que han nacido en Colombia, pero no están en condición regular dentro del país, por lo que no podían acceder a los servicios de salud y por ello se ponía en peligro su vida.
La circular 23 del 2 de agosto de 2019 insta a las entidades territoriales (gobernaciones y alcaldías) y a las Entidades Promotoras de Salud y Prestadoras del Servicio a la Salud, para que trabajen mancomunadamente e inscriban a los menores de edad nacidos en territorio colombiano a una EPS del régimen subsidiado, cuando los padres no estén afiliados a ninguno de los dos regímenes, sin Importar su estatus migratorio.
La documentacf6n que deberán aportar para que se haga efectiva la lnscrlpcl6n en la EPS con régimen subsidiado es el registro civil de nacimiento o, en su defecto cuando no lo tenga, el certificado de nacido vivo. Además de ello, los padres del menor de edad deberán declarar ants alguna Institución Prestadora de Servicios (IPS) que no tienen las condiciones económicas para inscribirse en el régimen contributivo ni se les ha aplicado la encuesta Sisbén.
Con esta medida se busca proteger a los miles de menores de edad de padres extranjeros, en su mayoría de población migrante venezolana, que han nacido en Colombia, pero no están en condición regular dentro del país, por lo que no podían acceder a los servicios de salud y por ello se ponía en peligro su vida.