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Columnas Consultorio Jurídico

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¿Cómo cobro una deuda de la cual no tengo documentos para demostrar su existencia?

Jueves 25 de abril 2019 - Ibagué
Columna escrita para El Nuevo Día

Área de Derecho Penal. Consultorio Jurídico. Universidad de Ibagué. 

El Código General del Proceso, con el fin de actualizar la legislación colombia­na, incluyó dentro de su articulado el proceso monitorio, el cual está diseña­do para constituir título ejecutivo cuan­do no lo hay, para con posterioridad ejecutar al deudor. Este proceso se pensó como una solución ágil y eficaz para aquel acreedor que en virtud de situaciones de confianza, cercanía, amistad o familiaridad celébraba con­tratos sin diligenciar o suscribir ningún tipo de documento, lo que generaba in­convenientes al momento de intentar el pago de estas obligaciones a través de la jurisdicción ordinaria.

Para acudir a este proceso debe cum­plirse con ciertos presupuestos:

1) Se debe pretender el pago de sumas de dinero.

2) La obligación de pagar la suma de dinero debe provenir de la ce­lebración de un contrato.

3) La suma adeudada no debe ser superior a 40 Smlmv

4) No debe encon­trarse pendiente obligación alguna a cargo de la parte que demanda.

La norma que regula este proceso, con­sagra una sanción del 10% del valor de la deuda, para el demandante cuando el demandado demuestre que no la debe o para el demandado que se opo­ne al pago pero que no logra demostrar que no estaba obligado al mismo. Igualmente, por ser un proceso declara­tivo se exige la previa celebración de una audiencia de conciliación antes de recurrir al trámite judicial.

Igualmente, solo procede cuando se tie­ne noticia exacta de la ubicación del deudor, ya que conforme a la sentencia C-031 de 2019 de la Corte Constitucio­nal, la única forma de notificación váli­da dentro de este es la notificación per­sonal, excluyendo cualquiera de los otros medios de notificación.

Así las cosas, el proceso monitorio re­sulta ser el instrumento idóneo para obtener el pago de sumas de dinero cuando no se tiene un documento que soporte la obligación, siempre y cuando ésta cumpla con los requisitos previa­mente señalados.

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